Derechos de los residentes
Breve historia de los derechos de los residentes
Las personas que viven en centros de atención a largo plazo son más vulnerables que las personas que viven de forma independiente. En 1987, el Congreso de los Estados Unidos reconoció este hecho y aprobó la Ley de Reforma de Hogares de Ancianos, la cual proporciona a los residentes de hogares de ancianos protecciones legales adicionales, incluido un conjunto de derechos para los residentes. Más tarde, Colorado aprobó una ley que otorga protecciones similares a los residentes de centros de vida asistida. La conclusión es que el hecho de que alguien se mude a un centro de atención a largo plazo no significa que renuncie a sus derechos.
Información general sobre los derechos de los residentes
Si usted vive en un centro de atención a largo plazo (Long-Term Care, LTC), como un hogar de ancianos o un centro de vida asistida (también llamado un centro de alojamiento y cuidado), tiene los mismos derechos civiles y legales que todos los ciudadanos estadounidenses, además de un conjunto básico de derechos para residentes protegidos legalmente. A los residentes de los hogares de ancianos se les otorgan estos derechos adicionales bajo la ley federal (Título 42, sección 483.10 del Código de Regulaciones Federales [Code of Federal Regulations, C.F.R.]), mientras que a los residentes de los centros de vida asistida se les otorgan derechos adicionales bajo la ley de Colorado (Regla 6 del Código de Reglamentos de Colorado [Code of Colorado Regulations]), 1011-1, Capítulo 7). Los derechos de los residentes cubren todos los aspectos de su estadía, desde la admisión hasta la residencia en el centro y el alta. Algunos de estos derechos son:
- Derecho a no sufrir maltrato, negligencia ni explotación
- Derecho a ser tratado con dignidad y respeto
- Derecho a no ser sometido a restricciones químicas y físicas
- Derecho a participar en su tratamiento y en la planificación de su atención
- Derecho a rechazar el tratamiento
- Derecho a la privacidad
- Derecho a tener visitas
- Derecho a participar en actividades comunitarias
- Derecho a controlar sus finanzas
- Derecho a obtener información sobre servicios y tarifas
- Derecho a expresar quejas sin temor a represalias
Los derechos de los residentes lo ponen a cargo
Los derechos de los residentes le permiten dirigir todos los aspectos de su estadía en un centro de atención a largo plazo. Por ejemplo, usted tiene derecho a tomar decisiones con respecto a su atención y plan de tratamiento, cómo desea llevar a cabo su vida personal y en qué momento y lugar desea ser dado de alta del centro. Comprender y defender sus derechos es fundamental para una estadía satisfactoria en un centro de LTC. Usted, su representante o el tutor designado por un juez pueden ejercer sus derechos. Un defensor del pueblo de atención a largo plazo puede explicarle y ayudarle a ejercer sus derechos.
¿Qué puede hacer si se violan sus derechos?
Ya sea que viva en un hogar de ancianos o en un centro de vida asistida, usted o su defensor pueden utilizar estas opciones una a la vez, simultáneamente y en cualquier orden:
- Hablar directamente con el personal del centro
- Presentar una queja por escrito al centro
- Expresar su inquietud y obtener apoyo en una reunión del consejo residente
- Llamar a su Programa del defensor del pueblo de LTC local para obtener asesoría y/o para solicitar su ayuda e intervención
- Llamar al Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado (Colorado Department of Public Health and Environment, CDPHE) al 1-800-886-7689 para presentar su inquietud.
- Proporcione detalles específicos sobre su inquietud, su nombre y número de teléfono, y un buen momento para que se comuniquen con usted.
- El CDPHE le devolverá la llamada.
- También tiene la opción de permanecer anónimo ante el CDPHE, el centro o ambas entidades.
- Presente una queja en línea ante CDPHE, CDPHE Health facilities complaints
Represalias, coerción o interferencia
Es ilegal tomar algún tipo de represalias contra los residentes por hablar con el defensor del pueblo o presentar una queja o inquietud. También es ilegal que un centro interfiera con los deberes del defensor del pueblo, incluyendo la investigación de quejas o el suministro de información a residentes, familias y otros. Los residentes tienen derecho a reunirse en privado con el defensor del pueblo y a que estas conversaciones permanezcan confidenciales. Las investigaciones y los registros del defensor del pueblo también son confidenciales a menos que se apruebe la divulgación.